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INSTRUCCIÓN 4/2023, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE URBANISMO Y VIVIENDA, SOBRE TRAMITACIÓN SIMULTÁNEA DE PLANES GENERALES Y PLANES PARCIALES

INSTRUCCIONES Actualizado 23/01/2024 Visto 355 veces instruccion 4/2023, tramitacion simultanea, pgom, ppo

Al contrario que nuestra legislación urbanística tradicional, la LISTA plantea, en lo que respecta a los instrumentos de ordenación, un esquema que se quiere simplificado, correspondiendo al Plan General establecer directrices y criterios generales y al planeamiento detallado la ordenación pormenorizada de cada ámbito. Considerando que establecer las condiciones de desarrollo de un ámbito concreto (generalmente fijadas en la correspondiente Ficha de planeamiento) debe hacerse en el momento más próximo a su puesta en carga.

Por lo que respecta a las ATU de nueva urbanización en suelo rústico se admite que esa “Ficha” (ahora denominada Propuesta de delimitación) pueda incorporarse en los planes generales, aunque lo habitual o, mejor dicho, lo ideal desde el punto de vista del modelo propuesto sería descargar a los planes generales de esas determinaciones que solo deberían incorporarse para aquellos ámbitos cuyo desarrollo se estimase necesario o conveniente a corto plazo.

Sin embargo, incluso en ese caso, existe una alternativa más coherente con el nuevo sistema urbanístico, alternativa prevista y contemplada en dicha legislación que es la tramitación simultánea de ambos instrumentos (plan general y plan parcial) en expedientes separados y con la lógica condición de no aprobación del instrumento de planeamiento de detalle mientras no esté aprobado el instrumento de planeamiento general.

Para clarificar el procedimiento a seguir en esas tramitaciones simultáneas se dicta la presente Instrucción.

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