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INSTRUCCIÓN 01/2023, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE URBANISMO Y VIVIENDA, SOBRE AUTORIZACIÓN DE USOS Y OBRAS PROVISIONALES TRAS LA ENTRADA EN VIGOR DE LA LISTA Y SU REGLAMENTO

INSTRUCCIONES
Actualizado 23/01/2024 Visto 855 veces instruccion 1/2023, usos y obras provisionales

La entrada en vigor de la LISTA implica -de conformidad a lo dispuesto en su Disposición Transitoria Primera- la aplicación íntegra, inmediata y directa de sus determinaciones.

Entre esas determinaciones se encuentra la regulación de los usos y obras provisionales (artículo 84.2.c) LISTA), que establece la obligatoriedad del cumplimiento de los planes pero habilita la realización de usos y obras de carácter provisional bajo determinadas condiciones.


Sin embargo dicho artículo, en lo que respecto a los terenos en los que resulta posible su aplicación, está siendo objeto de diferentes interpretaciones por parte de los distintos servicios de la Delegación de Ordenación del Territorio, Infraestructuras y Vivienda, por lo que este centro directivo considera necesario dictar la presente Instrucción para unificación de criterios.

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